Tu gratificación · Diciembre 2026
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Perú · 2026
Julio o diciembre, con la bonificación extraordinaria y el nuevo sueldo mínimo de 2026.
Diciembre se paga hasta el
15 de diciembre
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Cálculo referencial (Ley 27735 y Ley 30334). La gratificación no tiene descuentos de AFP, ONP ni EsSalud, pero puede tener retención de impuesto a la renta si ganas más de S/ 2,750 al mes.
Hasta el 15 de diciembre de 2026. Corresponde a lo trabajado de julio a diciembre. La de julio corresponde de enero a junio y se paga hasta el 15 de julio.
Si trabajaste el semestre completo, un sueldo (más asignación familiar y otros ingresos fijos), más una bonificación extraordinaria de 9% si estás en EsSalud o 6.75% si estás en una EPS.
No. Si trabajaste los 6 meses completos te toca un sueldo entero más 9% de bonificación. Por ejemplo, con S/ 2,200 recibes S/ 2,200 + S/ 198 = S/ 2,398. La que equivale más o menos a medio sueldo es la CTS de mayo y noviembre.
Es proporcional a los meses calendario completos: un sexto de la remuneración por cada mes completo. Si entraste el 10 de agosto, cuentan de setiembre a diciembre.
Sí, si ya trabajaste al menos un mes calendario completo. Por ejemplo, si entraste el 1 de noviembre te cuentan noviembre y diciembre: un tercio de tu sueldo más la bonificación, pagado hasta el 15 de diciembre. Si entraste el 3 de diciembre, esta vez no te toca.
Es una gratificación trunca: se paga con tu liquidación dentro de las 48 horas después de tu último día, por los meses completos que trabajaste en el semestre.
No. La gratificación no tiene descuentos de AFP, ONP ni EsSalud. Sí puede tener retención de impuesto a la renta si tu ingreso anual supera 7 UIT.
Es el aporte a EsSalud que tu empleador ya no paga sobre la gratificación (Ley 30334). En vez de ir a EsSalud, te lo pagan a ti: 9%, o 6.75% si tienes EPS.